La realización de bienes concursales mediante Entidades Especializadas es inmensamente mejor que las ya conocidas y que las que están por venir, o al menos planteadas.
Pero lo más interesante, a ello dedicamos buena parte de nuestro contenido divulgativo, es aclarar qué es la realización de bienes a aquellos que no están próximos al término. Sin este anticipo, no podemos entender todo lo que se anotará a continuación.
¿Qué es la realización de bienes?
Pongámonos en el escenario de una empresa declarada insolvente, es decir, incapaz de hacer frente a sus compromisos de pago. El proceso concursal que se abre, buscará —en primera instancia—, salvar la empresa y de no ser ya posible por lo acentuado del déficit, proceder a una disolución ordenada, conforme a lo previsto por la ley; toda vez que se protege al acreedor en su derecho a cobrar por sus bienes o servicios pendientes de satisfacer.
En ambos contextos, reflotar la empresa o disolverla, se va a necesitar generar liquidez para satisfacer los pagos pendientes tanto como sea posible a partir del conjunto de activos existente.
En total, hay que vender lo que se pueda: bienes inmuebles, equipamiento, maquinaria… al objeto de convertirlos en dinero líquido con que pagar a los acreedores.
La realización de bienes es la venta o subasta de los bienes concursales enajenados a una empresa insolvente, al objeto de obtener liquidez.
Hasta aquí todo claro. Ya sabemos lo que es la realización de bienes concursales. Ahora podemos responder la pregunta que nos hacíamos al empezar: ¿Es mejor la realización de bienes concursales mediante Entidades Especializadas?
Resuelto el qué, la cuestión tiene que ver con quién y cómo se ocupa de esa realización de bienes.
Es mejor la realización de bienes concursales mediante Entidades Especializadas
La afirmación anterior es fácil de argumentar. Todo lo que descansa en números, descansa en hechos y los hechos no se discuten.
Una vez que se abre un proceso concursal, el juzgado quiere vender los bienes de la empresa concursada con el propósito de obtener liquidez. Existe un formato muy superado ya —casi atávico— que es el de publicar en el BOE la relación de bienes que se enajenan a esa empresa para su venta.
Para que se entienda, por toda fuerza de ventas y labor comercial, se suben al BOE una relación de propiedades, bienes técnicos, etc. y se espera que el interesado en comprar esté ojo avizor sobre el BOE día tras día a ver si sale algo de su agrado. Es decir, la parte vendedora no realiza un mayor esfuerzo, que sí se solicita a la parte compradora. El resultado —que no extraña a nadie— es una reducida eficacia en las ventas y en la liquidez final.
Qué hacen las Entidades Especializadas
Las Entidades Especializadas toman esa relación de bienes y realizan una labor comercial real con ella. Es decir, analizan qué se quiere vender y lo presentan a las personas que potencialmente están interesadas en comprarlo. No esperan que esas personas imaginen que tal vez en el BOE haya algo que les pueda interesar. Se lo notifican fehacientemente, le acompañan a verlo en primera persona y estimulan la compra. A nadie extraña que así, obtengan unos ratios de éxito en las ventas conseguidas muy superior al modelo “tú cuélgalo en el BOE y a ver qué pasa“.
Por ejemplo, si quiebra una empresa de una determinada industria, su maquinaria puede interesar y representar una buena oportunidad para otras empresas solventes de esa misma industria. Con el formato BOE, si esas empresas no están pendientes del BOE, no habrá venta. Con las Entidades Especializadas, serán estas quienes les contacten y les pongan en conocimiento de una potencial compra ventajosa.
La tasa de eficacia de las Entidades Especializadas es tan elevada que hasta los propios juzgados, pasando por los administradores concursales y todo el sector jurídico español, tienen una opinión tan positiva como unánime acerca de las Entidades Especializadas.
Más ventas y mejor precio con la realización de bienes concursales mediante Entidades Especializadas
Las Entidades Especializadas abruman en la comparación a otras formas de Realización Concursal por la mayor cantidad de ventas que consiguen. Pero además, obtienen un precio mejor, un ticket medio más elevado por cada propiedad.
O sea: venden más y venden a mayor precio, lo cual es mejor para el concursado y para los acreedores.
Hay que entender que las Entidades Especializadas son conocedoras del mercado destino de esos bienes enajenados. Pueden ponerlos ante las personas adecuadas, las que están interesadas. No lo ponen en conocimiento de un único potencial comprador, sino del espectro completo. De su puja por hacerse con esos bienes en ocasión, acaece un precio más elevado fruto de la competencia.
¿Es mejor la realización de bienes concursales mediante Entidades Especializadas? Las EEs cierran más ventas y consiguen un precio medio más elevado Share on XLa reforma concursal y la plataforma online
El Anteproyecto de Reforma Concursal pretende incidir de nuevo en un modelo del que ya conocemos su ineficacia: una plataforma online. Sintoniza con el infructífero modelo de “colgarlo en el BOE” en que se pretende un lugar donde publicar juntos—a mogollón— todos los bienes de todos los procedimientos concursales abiertos. Amalgamar tantos bienes de diferente extracción y que suscitarían el interés de actores muy diferentes del mercado, choca con la comprobada experiencia de segmentación de audiencias que antecede a las mejores estadísticas de venta. No funcionaba con el BOE y —de persistir en el error—, no va a funcionar con la plataforma online, donde además se pedirá al propio concursado que se ocupe de listar él mismo su relación de bienes, características, etc. en lugar de confiar tan importante tarea a un profesional.
Lo podemos decir en lengua vernácula:
Si usted quiere vender un caramelo, el formato antiguo lo cuelga en el BOE, allí donde nadie lo verá. La futurible plataforma online lo publicará, entre otros miles de referencias, diluido entre la masa. Las Entidades Especializadas cogen el caramelo y se van con él a la puerta de un colegio para ofrecérselo a los papás cuando el niño está delante.
A buen entendedor, pocas palabras bastan.